POR ANCESTROS

  • El Tribunal, en este caso, deberá constatar la pérdida de la nacionalidad en los términos del articulo 23-6.-« Cuando un individuo reside o ha residido habitualmente en el extranjero, donde sus ascendientes de los cuales tiene por filiación la nacionalidad se han mantenido establecidos durante más de medio siglo, dicho individuo no sera admitido a dar la prueba que tiene, por filiación, la nacionalidad francesa, si él mismo y su padre o madre, que fueron susceptibles de transmitírsela, no han tenido la posesión de estado de francés

    GORKA 30 May 2009, 10:12 - Report
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ciudadania francesa por descendencia

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